Abogada Fuerteventura

Rosa Fernández abogada en Fuerteventura

Gestión del canal de denuncias

Compliance

Ley de protección jurídica del informante

La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva (UE) 2019/1937” Whistleblowing “que obliga a la implementación de canales de denuncias internos a las empresas que cuenten con más de 50 trabajadores y a todas las entidades públicas.

La finalidad de la norma

Proteger a las personas que en un contexto laboral o profesional detecten infracciones penales o administrativas graves o muy graves y las comuniquen mediante los canales de denunci.

El fortalecimiento de la cultura de la información y de las infraestructuras de integridad de las organizaciones tanto públicas como privadas.

¿Quiénes están obligados a implantar el canal de denuncias interno?

  • Todas las entidades del sector público
  • Empresas de más de 50 trabajadores
  • Partidos políticos
  • Sindicatos
  • Organizaciones empresariales
  • Las fundaciones

Requisitos del canal de denuncias

Diseñados, establecidos y gestionados de una forma segura que garantice la confidencialidad de la identidad del denunciante y de cualquier tercero mencionado en la denuncia e impida el acceso al personal no autorizado

Plazo de implantación del canal de denuncias

13 DE JUNIO DE 2023

1 DE DICIEMBRE DE 2023

  • Empresas de menos de 250 trabajadores
  • Los municipios de menos de 10.000 habitantes


SERVICIO DE IMPLANTACION Y GESTION DEL CANAL DE DENUNCIAS

FORMACIÓN ESPECÍFICA

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